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Fallos: 81:71 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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DE JUSTICIA NACIONAL 7 cion la suma de diez mi' pesos nacionales. No habiendo sido aceptada esa exigencia, se procedió al nombramiento de peritos, como lo determina el artículo y ley citadas, 3" Aceptadoel caryo por los peritos nombrados, se expidió el de la parteexpropiada, como consta á foja 24, confirmando la pretension de aquella, por estimarla justa, segun su alegato. El nombrado por la parte expropiante se expide 4 foja 27, apreciando á su vez en 250 pesos la cuadra cundrada de 150 varas, y la indemuizacion en 500 pesos, haciendo un total de 675 pesos moneda nacional.

49 Que el juzgado, en vista, de la forma en que se habían expedido lus peritos, nouibró, para mejor proveer, un tercero, quien se expidió ú foja 58 justipreciando el valor del terreno, incluyendo toda indemnización, en la suma re 45 centavos el metro cuadrado, haciendo segun él, un total de 1678 pesos 75 centavos moneda nacional; con lo que quedó concluido el expediente para sentencia.

Y considerando: 1° Que el perito del expropiado no ha cumplido con la imparcialidad debida su mision, pues su informe parece más bien un alegato en favor de la parte que lo nombró, quitándole por lo tanto la importancia que debiera tener á su informe ; y si bien pnede decirse del de la parte del Ferrocarril, que tampoco se ha sujetado estrictamente ásu deber, no es menos ciert» que éste se ha sujetado más á su rol que el primero, 3" Que en ese caso, el juzgado ha de estimar con preferencia la opinion del tercero, por razon de que su nombramiento ha sido completamente ajeno á la voluntad de las partes, y elegido en persona ajena ú todo interés de las mismas, y exento por consiguiente, de toda parcialidad en el asunto.

3 Que de las tres estimaciones de que se ha hechn referencia, y por las razones que quedan apuntadas, resulta la más equitativa la del tercero, si bienes cierto que le asigna al terreno un

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Año: 1899, CSJN Fallos: 81:71 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-81/pagina-71

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