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Fallos: 81:189 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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DE JUSTICIA NACIONAL 189 ; en cajas de la misma materia, tamaño y forma que usa la Com= | pañía general de fósforos y las expende colocando en uno de los custados exteriores de dichas cajas la denominacion y marca de « Compañía oficial de fósforos » y en el costado opuesto las palabras « Buenos Aires », llegando en algunas hasta imitar la etiqueta adherida al interior de la tapa del cajoncito interno, estampando las palabras « Compañía oficial de fósforos » J, Rossi, A, Cassartelli y compañía, Buenos Aires » en la misina forma, color y dibujo adoptadu por la sociedad que represento, Que habiendo la sociedad que represento hecho circular sus ; productos estampando en las cajas las palabras Compañía general de fósforos en forma abreviada igualmente las dos primeras, llevando la imitacion al punto de dibujar la letra Ode la palabra abreviada 0" en una forma adornada y cuprichosn que la representa como una (7 de fantasía.

Que no puede ser dudoso que todo esto importa, por parte de los señores Rossi, Cassartelli y compañía, una imitacion fraudulenta del nombre y marca de uu representado, hecha con el y propúsito de aprovechar en su beneficio del derecho adquirido :

por ésta merced ú la confusion que puede producirse entre uno y otro producto, confusion que no se evita por la sola diferencia de la palabra e Oficial » casi sinónima de e Nacional » y que se ha producido con grave perjuicio para su mandante, Que desde que el nombre de la sociedad anónima que represento es Compañía gneral de fósforos y desde que tal deno- | minacion constituye la marca de fábrica de su propiedad inde- y pendientemente de cualquier forma distintiva, nn puede ser 1 dudoso que nadie tiene la facultad de usar de esa denominacion 6 de otra que pueda producir confusion directa ó indirecta entre los productos sin atentar ú los derechos de propiedad de la a referida sociedad y sin cometer, en su caso, el delito previsto | y penado por la ley de 19 de Agosto de 1876 en sus artículos 4, k | 22, 23, 25 y 28. :

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Año: 1899, CSJN Fallos: 81:189 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-81/pagina-189

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