398 PALLOS DE LA SUPREMA CORTE Caso. — Lo explica el Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Noviembre 21 de 1898, Y vistos : considerando : Que en la sentencia de foja 81, confirmada por la Suprema Corte, se declara que don Federic. Maritan está obligado á reducir á escritura pública el boleto de fojas 1 y 2, bajo pena de resolverse la obligacion en duños y perjuicios.
Que la intervencion del juzgado ha cesulo por lo que respecta d esta declaracion, desde el momento de la notificacion, en virtud de tratarse de una obligacion de hacer, cuya falta de cumplimiento lleva aparejados los daños y perjuicios correspondientes, y por consiguiente no tiene facultad para proveer á las peticiones formuladas por el actor en el escrito de foja 123 y menos para pronunciarse sobre la imposibilidad en que se encuentre el mismo para cumplir por su parte la obligacion resultante de la sentencia.
Por ello no se hace lugar á lo pedido en lus escritos de foja 123 y foja 128 por el artor y demandado respectivamente. Re-, pónganse las fojas.
Agustin Urdinarrain. .
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 26 de 1899.
Vistos y considerando: Que e! auto de foja ciento cuarenta importa declarar que "ebe darse cumplimiento á la sentencia
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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:398
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-398
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