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Fallos: 80:368 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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308 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E ú esta ciudad, resultando asf evidentemente que si no se enroló E al complir los 18 años, fué porque ú esa época prestaba serE vicios en la capital Uruguaya, como soldado, y por consiguiente E su omision no puede considerarse como delito, puesto que había F perdido la ciudadanía argentina por haber aceptado empleos É de gobiernos extranjeros sin permiso del Cuagreso, el que no tenía motivo.

Que á frja 22 se expide el Ministerio de menores adbiriéndose ú lo solicitado por la defensa y agregando que segun el inciso 6 del artículo 90 del Código Civil, el domicilio del menor es el de los padres, y estando los de Maturo domiciliados en Montevideo, no ha podido Maturo incurrir en pena por no haberse enrolado durante su breve tránsito por esta capital.

Que á foja 22 vuelta se llamó autos para sentencia.

Y considerando: Que la infraccion á la ley número 3318 que ha motivado la formacion de esta causa se encuentra comprobada por la propia confesion del encansado y los demás antecedentes que obran en autos.

Que la excusa alegada por la defensa, de que su defendido no ha cometido el delito que se le imputa, porque habiendo aceptado un empleo en el ejército Uruguayo, ha perdido su ciudadanía, segun así lo determina el artículo 8" de la ley de la materia de 1869 y entónces no tiene la obligacion de enrolarse, varece de mérito legal para eximir de pena al procesado, por cuanto de los términos claros de esa disposicion, resulta que ese hecho solo le priva de los derechos políticos, pero no de las obligaciones de ciudadano.

Que dados los antecedentes referidos, es indudable que el encausado ha tenido el deber de enrolarse en e ejército argengentino, y no habiendo justificado ninguna cr 1sal que disculpe su omision, le es aplicablela disposicion que contiene el artículo 35 de la ref-rida ley 3318.

Por estos fundamentos, y de conformidad con 1» solicitado

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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:368 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-368

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