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Fallos: 80:147 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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CAUSA CCLXX3XEDE Don Pedro Soumastre contra don Mateo Durañona por cobro de pesos Sumario. — No habiendo sido gratuito el mandato, ni habiéndose convenido que la retribucion de las servicios dependiese de la conclusion de la operacion encomendada, el mandatario tiene derecho tanto al reembulso de gastos, como ú la retribucion de los servicios prestados durante el mandato; todo lo que puede el tribunal fijar es la suma que reputa justa y equitativa.

Caso. — Lo explica el Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Julio 3 de 1899, Y vistos: estos autus seguidos por don Pedro Soumastre, extranjero, contra don Mateo Durañona, argentino, por cobro de pesos.

Resulta : 1 Que don Pedro Soumastre demanda al doctor Mateo Durañona para que se le declare deudor de una suma de dinero que el juzgado determinará y que se niega á abonar al

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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:147 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-147

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