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Fallos: 80:128 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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128 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE dole el carácter de adhesion 4la interpuesta á foja duscientas cinco y declarándose ésta sin efecto por el presente auto, no ha lugar 4 lo solicitado en la última parte del escrito de foja doscientas catorce ; en consecuencia, devuélvanse los autos al juez de su orígen, reponiéndose los sellos.


BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN.
— OCTAVIO BUNGE. — JUAN
E. TORRENT, — Il, MARTINEZ,
CAUSA COLNNIX
Doña Getrudis Cebetro y Parada, contra la empresa del Ferrocarril de Buenos Aires y Hosario ; sobre perjuicios y costas Sumario. — 1° Reconociéndose por el demandado el deber de indemnizar, y versando la controversia solamente .ubre el monto de la indemnizacion, ésta debe fijarse teniendo en cuenta los antecedentes que sirvan ú establecerla con equidad.

2" No hav mérito para condenar en costas á ninguno de los litigantes, sí el monto de la indemnizacion fijada por la sentencia es inferior al exigido por la demanda y superior al ofrecido por el demandado, Caso. — Resulta del D

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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:128 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-128

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