jurisprudencia al ciso en que la presentacion de los testigos fuese completamente inútil porque no pudiesen declarar á causa de que el juez que debía examinarl: = no pudiese concorrir al acto en el día y hora designados.
Que en tal caso y dados los tér sinos del informe de foja ciento ochenta y dos, por el cual el ; ez doctor Granel maniliesta que en el mes de Setiembre del año pasado esturo algo, enfermo y despachó en su casa varios días no sería razonable imputar sólo á la parte la no recepcion de las declaraciones de los testigos haciéndole cargo por un acto inútil como la presentacion de ellos al objeto de su exámen por el juez en el local del juzgado adonde no había concurrido y es entónces justo admitirlos á que declaren en un nuevo día que al efecto se designe en obsequio al favor con que debe mirarse la amplitud de la defensa en juicio.
Por estos fundamentos : se revoca el anto de foja ciento ringuenta y cinco en cuanto no bace lugar á las peticiones contenidas en los escritos de foja ciento veinte y siete y cient:
treinta y dos, las que se declaran procedentes y se confirma el mismo auto de foja ciento cincuenta y cinco en cuanto á la prevencion y testacion de palabras que contiene por ser aquellas arregladas á derecho. Las costas de la instancia se pagarán en el órden causado. Notifíquese con el original y devuélvanse prévia reposicion de sellos.
ABEL BAZAN, — OCTAVIO BUNGE,
— JUAN E. TORRENT,
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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:429
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