CAUSA «e Don José Banchero contra la Compañía de navegacion «La Veloce », por daños y perjuicios ; sobre pruebas Sumario. --- 1° Cuando no hay falta imputable al interesado, deben recibirse las pruebas ofrecidas en tiempo, que no se practicaron dentro de él, 2" No hay falta imputable respecto de los testigos que debidamente citados para el último dia del término, no comparecie ron á declarar.
3 La hay respecto del testigo que no fué citado por haber la parte denunciado un domicilio que n» era el dol testigo.
Caso. — Lo explica el fallo de la Suprema Corte.
Fatle del Juez Federat Buenos Aires, Noviembre 21 de 1898.
Y vistos: resultando que, si no ha tenido lugar la recepeion de la declaracion de los testigos ofrecidos á foja... ba sido á cáusa de su no comparencia y de la omision del interesado, respecto de la desiguacion de sus domicilios, Que, despues, se ha pedido, fuera del término de prueba, el señalamiento de nuevo dia y hora para su declaracion.
y. LEXIZ 15
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Año: 1899, CSJN Fallos: 79:225
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