CAUMA XcHII La Sociedad de Mandatos y Préstamos del Rio de la Plata contra la provincia de Santa Fé; por cobro ejecutivo de servicios atrasados de un empréstito.
Sumario. — 1" No puede admitirse la excepcion de falta de personería en la cobranza de servicios atrasados del empréstito, opuesta á la misma persona que se convino, en el contrato, en reconocer como encargada de dicha cobranza, 2 No poniéndose en duda la verdad é importe de la deuda de los servicios vencidos y no pagados, y resultando de actos auténticos que el ejecutante en sus relaciones con el deudor, es el que representa á los titulares de los bonos á los cuales deben abonarse esos servicios, nes posible admitir la excepcion de inhabilidad de título opuesta á la ejecucion.
Caso. — Lo explica el Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 6 de 1899.
Vistos y considerando: Que don José Toso demanda á la provincia de Santa Fé para el pago de cuatrocientas setenta mil
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Año: 1899, CSJN Fallos: 78:43
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