Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 78:38 de la CSJN Argentina - Año: 1899

Anterior ... | Siguiente ...

Y Catia de ta Cuprema Cercs Buenos Aires, Abril 4 de 1899.

E Vistos y considerando : Que segun resulta de autos, el terreh no ocupado por el demandado es parte del de mayor extension y vendido por don Ricardo Lopez Jordan (hijo), ú favor de don Sebastian Coll, por escritura utorgada ante el escribano Balbarrey, en diezde Enero de mil ochocientos ochenta y nueve ; por E Coll á favor del Banco Agrícola Comercial del Rio de la Plata, por escritura de once de Enero del citado año, otorgada ante el mismo escribano; por el mencionado Bancu á favor del doctor Hugo A. Bunge, por escritura de diez y seis de Noviembre de mil ochocientos nuventa y uno, habienio dicho doctor Bunge cnay jenado el campo á favor del demandante, don Ernesto Baerwindt, en la misma fecha, por escritura otorgada ante el escribano don Manuel A. Calderon, estando el vendedor y el comprador respectivamente. representados en el acto, por don Fernando Bourdieu y Cayetano Ripoll, segun todo se ve en el instrumento público de foja primera.

Que de acuerdo con las referencias de la mencionada escritura de venta hecha por el doctor Bunge ú favor de Baerwindt, Lopez Jordan adquirió el campo por compra que hizo al doctor Antonio F. Crespo, por escritura otorgada ante el escribano Guindon, en doce de Agosto de mil ochosientos ochenta y siete; el doctor Crespo lo hubo á su vez por herencia de su finado padre, don Manuel Crespo, como su único sucesor, habiendo el citado don Manuel adquirídolo del gobierno de la provincia de Entre Rios, por compra y ubicacion de mayor extension segun escritura de uueva formacion autorizada por el escribano inte

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

57

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1899, CSJN Fallos: 78:38 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-78/pagina-38

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 78 en el número: 38 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos