brica denominada «River Plate Fresh Meat Company» establecida en Campana, ante el subprefecto de esta localidud expone:
1 Que habían desaparecido de un depósito existente allí de caños junto á la ribera, á fines del mes de Abril, dos de ellos, y que ignoraba quienes fueran los autores.
2" Que el inculpado Pedro Godoy, á foja 2, expone : que huce unos tres meses, estando en su casa, situada á unos 200 metros de la subprefectara y subre la ribera, el sujeto Floro Córdoba le dijo que en la isla que habitaba había encontrado escondidos entre los pajonales unos caños de bronce, y que lo invitó á traerlos hasta su casa, Que en seguida le hizo igual proposicion 4 Medina, el cual aceptó y los llevaron á una Granja inmediata á las habitaciones suyas, quedando allí escondidos como unos 20 dias, 3" Que un señor Juan Esconobini, á quien remitieron los caños para que los vendiese, le entregó á Córdoba, Medina y Godoy la cantidad de 190 pesos, los cuales se repartieron en partes iguales. Dicen tambien que ignoraban la procedencia de los cuños y que nodió parte á la autoridad por no perjudicarlos.
4" Quelos citados, Córdoba y Medina corroboran en sus declaraciones lo dicho por Godoy (foja 6 á foja 10), añadiendo que Arturo Riera se había llevado dos pedazos de caño. De las declaraciones de los señores José y Manuel Bargo, á foja 10 y foja 12, resulta que encontraron á José Echevarría y Juan Rey en la isla de don Bernardo Martin, ocupados en cortar caños, y estas declaraciones se encuentran ratificadas ú foja 52 y foja 52 vuelta. —.
5" Que á foja 53 vuelta, el fiscal produce su acusacion y pide para cada uno delos procesados la pena preserita por el artículo 192, inciso 1, del Código Penal, y 4 foja 58 y siguientes, el defensor de éstos pide la nbsolucion 6 en caso contrario el mínimum fijado por el artículo antes mencionado para unos, y
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Año: 1899, CSJN Fallos: 78:355
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