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Fallos: 77:193 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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bromar (véase foja 19 vuelta)... es mejor que lo mate » y volviendo se puso al lado de la puerta; q) que en el momento que aquél la abría un poco para observar, dió un fuerte empellon y dándole un golpe en la cabeza con el mismo machete, lo hizo caer ; r) que penetró ú la pieza dándole otros golpes á los que oponía los brazos hasta que quedaron sin movimiento (véase foja 20); s) que entónces dejó el machete y cargándolo lo puso sobre la cama, en seguida de lo cual tomó un cabo de hacha...

con el que le dió varios golpes en la cabeza hasta que quedó sin vida; () que á continuacion cerró la puerta de la choza y se fué á su casa donde se mudó de ropas, consistiendo ellas en la camiseta que se le ha secuestrado, un patalon y un calzoncillo de lienzo que están en su casa, cuyas piezas estaban mancha- das de sangre, acostándose á dormir y por la mañana al levantarse las puso en el agua, estando en ella dos dias, las lavó, usándolas despues como de costumbre. Interrogado nuevamente para que explicara la violacion de la cerradura del baul y las manchas de sangre que presentaban como igualmente los papeles y otros objetos ahí esparcidos, dijo : que en efecto al entrar había notado que el baul estaba abierto, no dando á lo demás otra explicacion : confesando que el sombrero que se le ponía de manifiesto era el mismo que el dia del suceso llevaba puesto Rebuffoni y presentaba un corte en la parte superior de la copa véase foja 20 vuelta), y cree fuera el primer golpe de machete que le aplicó. De los objetos que se le pusieron de manifiesto reconoció un machete entero (del que se valió para cometer el hecho), haciendo presente que el palo que empleó para golpear — .

en la cabeza del extinto cuando lo puso en la cama (como ya lo ha dicho) no se encuentra entre los objetos que se le pusieron de manifiesto, debiendo aún encontrarse en la choza, 9 Que prestando nueva declaracion don José M. Mendoza véase foja 21) á preguntas dirigidas, evacuando la que hace el procesado sobre el hecho afirmado de que no hiciera casoque Te LEEVU 13

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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:193 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-77/pagina-193

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