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Fallos: 77:198 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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A. : -

a 198 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE ¡ propuesto por el mismo reo: que llegó encontrando á Rebuffo ni como á dos metros del rancho y que le interrogó sobre las palabras calumniosás'que asegura le manifestaron sus patron

T° Que las señaladas circunstancias acabadamente señalan no una riña sinóuna defensa desesperada, que la agilidad del uno, su anterior ejercicio de soldado de línea y su astucia hacen sos pechar en Martinez fuera más atrevido y avezado, á la lucha y manejo del machete, que su víctima, quien oponía sus manos y brazos por toda resistencia; así lo muestra el certificado médico-legal cuando dice que estaban las manos destrozadas, 8° Que la premeditacion, alevosía, delacion y ensañamiento no necesitan ni siquiera demostrarse en el sub-judice, todo ello resulta de las constancias de autos: la premeditacion resulta de que tranquilamente concibió y resolvió el proyecto por una esusa ficucia, puesto que la supuesta calumnia no existía;

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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:198 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-77/pagina-198

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