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Fallos: 76:269 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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DE JUSTICIA NACIONAL 269 por el terreno de los señores Meintezuiaga y Debenedetti y 4 constando que este mismo terreno, que se halli contigno al que E anteriormente se expropió á los señores Vicente Casares é hi- k jos, fué comprado por aquellos en mil ochocientos noventa y :

seis en remate público, 4 razon próximamente de ocho pesos Y moneda nacional el metro cuadrado, incluyendo en este precio 3 lo edificado y plantado, y siendo cierto además como lo refiere E el perito Maldonado, que en mil uchocientos noventa y siete y E en la misma zona de la vuelta de Rocha se han vendido en re- .a mate público dos terrenos situados á la márgen del Riachuelo, :

estando afectados por las obras del ensancha de éste é inme- E diato al de los señores Meinteguiaga "y Debenedetti, á razon de Ñ ocho pesos moneda nacional el metro cuadrado, incluyendo lo 3 edificado, y que, finalmente, en otras ventas realizadas en el a mismo uño, de terrenos situados á la margen del Riachuelo y -] en parajes mucho más importantes, los precios pagados por 4 metro cuadrado no han llegado absolutamente á la cifra de -] doce pesos moneda nacional, es claro que en virtud de todos 4 estos antecedentes, carecen de pertinente aplicacion al caso .— sub-judice las referencias que se haorn á precios pagados en ñ aúteriores expropiaciones, para justificar con ellas el enorme precio de diez y nueve pesos moneda nacional, que fija la sentencia apelada, por el metro cuadrado del terreno que se trata -——de expropiar :n el presente juicio. :

Que la simple enunciacion de los precios pagados en los contratos que menciona el perito Maldonado, hasta para demostrar -— á la evidencia, que con el precio de doce pesos moneda nacional = por metro cuadrado ofrecido por el procurador fiscal, se paga y generosamente, no sólo el terreno á expropiar, sino tambien tod, lo edificado en él, sin que sea justo agregar ú ese precio i suma alguna como indemnizacion de perjuicios por razon de 3 fraccionamiento del terreno, porque no hay tal fraccionamiento 1 en el terreno que queda sobrante :i los señores Meinteguiaga y | a

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Año: 1898, CSJN Fallos: 76:269 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-76/pagina-269

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