DE JUSTICIA NACIONAL 433 Casa. — El representante del Ferrocarril Central Argentino manifestó que han vencido los diez dias señalados por la pro- i videncia de foja 141 para que dentro de ellos se presentase y y fuese examinado el demandante, por el perito doctor Quiroga, | quien durante cl mismo término debía tambien presentar su i informe al juzgado. Por lu misma providencia se ordenó que y en el acto de la presentacion de Maggiolo, se le tomase la decla- :
rucion jurada, que en forma de posiciones tenía pendientes, E Como nada de esto ha sucedido, comprobándose una vez más í el propósito del demandante de esquivar esos medios de prueba en los que vislumbra la condenacion de sus pretensiones, viene Á acusarle la correspondiente rebeldía y á pedir que se cumpla Je lo dispuesto en el art. 177 de la Iey de procedimientos, A
INFORME DEL SECRETARIO :
Secretaría, Setiembre 26 de 1895, 1 Señor Juez: NES Informo á V.S. que vi auto á que se refiere la providencia a que antecede, no fué notificado al señor Maggiolo personalmente E ni en otra forma, por cuanto no existe en los autos domicilio 4 constituído por aquel, ignorando la secretaría cuál puede ser —" 3 actualmente dicho domiciliv, habiendo sido notificado en con- = secuencia su representante, quien en el escrito de demanda a constituyó su domicilio legal, en cuanto al término fijado al f doctor Quiroga para practicar el reconocimiento, consta de au- ¿ tos hallarse vencido.
Julho Hernandez, y T. LXANIY 28
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Año: 1898, CSJN Fallos: 74:433
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