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Fallos: 73:95 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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nisterio público y fundamentos concordantes del auto de foja ciento una vuelta, se declara que el conocimiento de esta causa corresponde al juez de seccion de Jujuy, sin perjuicio de resolverse en oportunidad lo que fuera procedente, si de las ulterioridades del procedimiento resultase que, por razon del lugar de la comision del hecho, 6 por otro motivo, tal conocimiento debe atribuirse á otro juez.

Remítanse en consecuencia estas actuaciones al juez de seccion de Jujuy y hágase saber por oficio al de Tucuman. Notifíquese en el original.


BENJAMIN PAZ. — LUIS Y. VARELA,
— ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUN
GE. — JUAN E, TORRENT,
CAUSA CXIII
Contra don Enrique Kropt, capitan del vapor « Sajonia », por contrabando ; sobre apelacion denegada Sumario. — Debe declararse bien denegado el recurso inter puesto fuera del término.

Caso. — Resulta del

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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:95 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-73/pagina-95

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