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Fallos: 73:25 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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DE JUSTICIA NACIONAL 25 Fallo del Jues Federal Rosario, Abril 3 de 1897.

Vistos y considerando: 1° Que el presente recurso tiene su orígen en una resolucion de la Direccion general de Rentas, estableciendo un cargo contra los señores Schiffner y compañía por falta de pago en un permiso de importacion ; 2" Que se ha reclamado ante la misma direccion la revocacion de dicho reparo, no baciendo lugar al reclamo, segun resolu- q cion de foja 38; 3" Que la administracion de rentas de esta ciudad no ha dene- ; gado el recurso de apelacion interpuesto porlos interesados, sinó se ba limitado á decir que « ocurran donde corresponda », puesto queesta administracion ha dictado la resolucion condenatoria á que se refiere el artículo 1063 de las Ordenanzas de aduana y 53 de la ley de aduana vigente, razon por lu cual no concede, ni niega el recurso.

4 Que la justicia federal competente como tribunal de apelacion cuando se recurre de resolucion del administrador de rentas de estaseccion, segun losartículos de las leyes citadas, pero carece de jurisdiccion para reconocer y ser en grau de apelacion contra las resoluciones de la Direccion general de Rentas , de la Nacion, en la Capital federal, Por estas consideraciones, y oido el señor fiscal, no se hace Jugar al recurso directo, Devuélvase el expediente administrativo, haciéndose saber estu resolucion al administrador de rentas de esta ciudad. Repóngase.

Daniel Goytra.

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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:25 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-73/pagina-25

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