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Fallos: 73:30 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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y Fatto de la Suprema Corte Buenos Aires, Mayo 14 de 1898.

Autos y vistos : Que resulta del informe de foja siete, que el recurrente don José Joaquin Morandé, invocando la ley de jurisdiccion de los tribunales federales, dedujo la excepcion de incompetencia de los tribunales de la provincia de Buenos Aires, Que éstos, juzgando con fuerza de definitiva, han declarado improcedente dicha excepcion.

Y considerando que con arreglo al artículo catorce, inciso tercero, de la mencionada ley, de las sentencias definitivas de tribunales superiores Je provincia, procede el recurso que el mismo artículo autoriza para ante esta Suprema Corte, cuando en el pleito haya sido cuestionada la inteligencia de una ley del Congreso y la decision sea contra la validez del Jerecho 6 privilegio fundado en dicha ley.

Por esto, y de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general, se declara mal denegado el recurso y se le.

enncede en relacion.

En consecuewvia, líbrese oficio á la Exina, Cámara segunda de apelaciones de La Plata, para la remision de los autos, con noticia de las partes. Repóngase el papel,
BENJAMIN PAZ. — LUISV. VARE-

LA, — ABEL BAZAN. — OCTAVIO
BUNGE.

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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:30 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-73/pagina-30

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