Martin Abadie (foja 125 vuelta), pagó 350 pesos.
Pablo Ferrari (foja 234), pagó 200 pesos:
Juan Etcheverri, (foja 237 vuelta), pagó 900 pesos.
Braulio Gimenez (foja 240), pagó 1875 pesos, cuyos recibos entrega, Sabe el pago hecho por Otegui por haber sido su socio.
Pedro Quiroga (foja 270), pagó 1080 pesos, cuyos recibos entrega Pedro Elissalt (foja 270 vuelta), contestando al interrogatorio de foja 270, dice que pagó 1400 pesos el uño 1892, y 3876 pesos con 66 centavos el año 1893, cuya suma abonó al señor Aleman y éstele otorgó recibos, que no los puede presentar por no tenerlos.
Pedro Obyenar (foja 291), contestando al interrogatorio de foja 281, dice que pagó á Aleman 200 pesos, cuyo recibo no presenta por no tenerlo.
Juan Franciseo Casco (foja 292), pagó una mensualidad de 280 pesos. Que más tarde Horacio Aleman arrendó á Juan Otegui y éste ásu vez, subarrendóal declarante, Simon Palacios (foja...), arrendó á Aleman y pagó 1700 pe$08:
7° Hay además un documento agregado ú foja 103, que es uns circular pasada por el juez de paz de Dolores á los arrendatarios, puesceros y demás ocupantes del campo, haciéndoles saber que don Horacio Aleman es el único autorizado para otorgar recibos y percibir los frutos: del establecimiento « El Sauce », puesto ú su cuidado por el señor juez federal, Como este documento o ha sido observado debe reputarse por auténtico.
Tales son los elementos de demostracion presentados por la parte demandante, no habiéndose producido ninguna prueba en contrario.
Y considerando : 4° Que si la prueba testimonial induce plena probanza cuando los testigos resultan contestes, uniformes y libres de toda excepcion, con tal que sean dns cuando menos, en
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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:204
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