DE JUSTICIA NACIONAL 129 diversas personas por indicacion del señor ministra sin conseguir más que promesas de estudiar el asunto y nuevos aplazamientos, pero nunca una proposicion ni :na resolucion definitiva.
Vencida la feria de los tribunales, perseverando en mi empeño de un arreglo amistoso, volví al ministerio muchas veces, hice yomismo proposiciones ventajosas para el gobierno exnediendo los límites de mis instrucciones, pero que hubiera tomado sobre mí hacer aceptar por los interesados, redacté el acta y el decreto correspondiente para simplificar la discusion...
pero al fin, la idéntica imposibilidad de llegar á un resultado, No puedo ereerque S. E, el señor ministro de hacienda se " proponga aconsejar al gobierno de que forma parte que resista las sentencias ejecutoriadas, no puedo creer que intente burlarse delos tribunales de justicia nacional, no puedo creer que su conducta responda al deseo de faltar ai respeto que nos debe á mis clientes y á mí por la consideracion que todos nos dispensan ; más bien atribuyo sus demoras á una imposibilidad orgánica de terminar nada, á una enfermedad de la voluntad que es escritor inglés Samuel Smiles pintaba hace tiempo: la incapacidad absoluta en cualquiera situacion de la vida de tomar resoluciones definitivas.
Desgraciadamente no me es posible contemporizar con esa deficiencia por más tiempo, mis deberes sagrados de representante y de abogado de intereses particulares siempre respetables me ponen en la necesidad de recordar judicialmente al Poder Ejecutivo obligaciones que no ha podido descuidar.
3" El artículo 309 de la ley de procedimiento en la justicia nacional autoriza en este caso la vía de apremio, Doloroso el para un argentino este recurso contra el gobierno de su país; doblemente doloroso para mí por la situacion en que me encuentro, con sentimientos de alta consideracion á S. E. el señor Presidente de la República.
Y. LXXMI 9
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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:129 
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