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Fallos: 73:12 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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1. FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E, la parte de Casado, de acuerdo con la jurisprudencia estableci—_ da por la Suprema Corte nacional en el tomo 12, séric 4s, púgina 126 de susfallos, presenta la cuenta de los honorarios de vengados en estos autos por el doctor Monguillot, abogado pa trocinante de su representado, los que estima enla suma de 4500 pesos moneda nacional.

E Fallo del Juez Federal E Rosario, Diciembre 7 de 1897.

É Vistos y considerando: Que el artículo 2° de la ley de 31 de E Agosto de 1894, sobre regulacion de honorarios, expresa claraE mente que la estimacion de honorarios debe hacerse por el E mismo abogado que los haya devengado.

E Que el procurador Zavalla, que se presenta en estas diligencias gestionando derechos é intereses de terceros, no ha justi— fieado con el respectivo poder, que tiene la representacion de los abogados acreedores de sus honorarios, ni ha presentado documento alguno en que conste que los letrados hayan subro. gado susderechos á favor del peticionante.

Por estas consideraciones y en virtud de lo dispuesto en la - parte final del artículo 4° de la ley de enjuiciamiento, no se hace lugar á lo solicitado por la parte de Zavalla, por no tener acreditada su personería para este objeto, Repóngase.

Y Daniel Goytia.

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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:12 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-73/pagina-12

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