CAUSA XCVIII :
José G. Juarez y compañía contra don José Maria Mendez s por cobro de pesos; sobre contienda de competencia por inhi- a hitoria. 3 Sumario. — La demanda fundada en un contrato de manda- i to celebrado por correspondencia epistolar corresponde al juez E del domicilio del demandado. E Caso. — Lo explican el fallo de la Suprema Corte y la vista :
del señor Procurador general. :
Fallo del Juez Federal i Buenos Aires, Setiembre 14 de 1897, 3 4 Autos y vistos: Considerando : 4" Que segun resulta de las Ei copias y cédulas mandadas agregar para mejor proveer la de- | manda entablada contra el recurrente, es por cumplimiento de E las obligaciones emergentes del contrato de arrendamiento A celebrado en Belle-Ville, provincia de Córdoba, de que instruye N la copia de foja 14. 1 2" Que en ese contrato no se determina un lugar especial -4 para el pago del arriendo, cuyo cobro se persigue con la accion 1 instaurada, : | i
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Año: 1898, CSJN Fallos: 72:443
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