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Fallos: 72:260 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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Honorarios pagados al escribano Albacetti, segun recibo de foja 313............e.eec.ee.... 302 Por noventa y dos sellos de un peso, puestos por El SEÑON Vera. .e=c=oeerrvcoeca oc E» Por un sellode quince pesos, foja 302......... 15 > Son......Q 174.58 Importa la presente liquidacion la cantidad de ciento setenta y cuatro pesos con cinenenta y ocho centavos moneda nacional, Rodriguez de la Torre.

Buenos Aires, Marzo 12 de 1897, La parte actora observó la anterior liquidacion, en las tres primeras partidas, Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Diciembre 15 de 1897, No encontrando mérito bastante para reformar la liquidacion practicada, no ha lugar á lo solicitado á fuja 323, y estése úá lo resuelto, tranel.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 2 de 1898, Vistos : atento el monto de las partidas aprobadas por el auto recurrido, y teniendo en consideracion lo dispuesto por el artí

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Año: 1898, CSJN Fallos: 72:260 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-72/pagina-260

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