<«Cármen del Sauce» (sin determinar que sea el pueblo), ¿cumple la condicion de la ley si pasa por e terrenos de pan llevar » de Cármen del Sauce ? Indudablemente que si, no existiendo hechos 6 pruebas que demuestren lo contrario. Es de advertir que la circunferencia de los « terrenos de pan llevar» formada por un radio de una y media legua, hace una superficie aproximada de nueve leguas cuadradas, que es la superficie asignada actualmente en los mapas al distrito « Cármen del Sauce». En el plano de la provincia de Santa Té levantado por Chapeanrouge en 1883, el pueblo del partido Cármen del Sauce figura com el nombre de Sauce. Igual denominacion tiene en el primer plano catastral del departamento del Rosario levantado por el ingeniero Duchesnois, por comision oficial y publicado antes de 1888, En todos los planos y en todas las referencias del censo de la provincia de Santa Fe, publicados en 1888, figura « Cármen del Sauce » como distrito del.departamento del Rosario, y « Sauce » es el nombre quo tiene el pueblo.
El doctor Carrasco, autor del censo, se expresa en estos términos en la página 66 de la Sinopsis administrativa, al referirse é los límites de los distritos: « Hasta 1887, la provincia carecía de una division administrativa legal de los distritos de cada uno de sus departamentos. Estos estaban claramente determinados por la ley de 1883, pero en cuanto á la subdivision de los departamentos, sólo existía una costumbre que hacía se conocieran ciertos parajes como pertenecientes $ un distrito cualquiera, ó lo que es peor, no había dato alguno para conocer cuál era la superficie de territorio é que se debia dar el nombre de un distrito determinado. Fué para obviar esta dificultad, que hacfa imposible la buena prosecucion de la obra del censo, que el director y comisario general, despues de un viaje de siete meses por todo el territorio, presentó al Exmo. Gobierno un proyecto de division administrativa de la provincia en 107 distritos.
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Año: 1897, CSJN Fallos: 71:120
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