Fallo del Juez Federal La Plata, Octubre 30 de 1896.
Y vistos : Resulta : 4° Que don Modesto Rodríguez Freiredemandó á don Santiago Foz, por falta de cumplimiento de un contrato de compra-venta, pidiendo en su defecto, la indemnizacion de todos los daños y perjuicios que sean consecuencia de la inejecucion de esecontrato, con las costas del juicio, 2" La demanda se fonda en que don Juan Fox, como apode— rado de don Santiago Fox, autorizó en documento privado á don Jacobo Rodriguez, para vender un campo en el partido Coronel Pringles, por la suma de 92.000 pesos efectivo incluso el valor corriente del gravámen que reconocía é favor del Banco Hipoteoario de la Provincia y siempre que el mencionado establecimiento acuerde la transferencia de la hipoteca cuya condicion se hará saber al comprador. Y en virtud de esta autorizacion, don Jacubo Rodriguez vendió el campo en Coronel Pringles, compuesto de 8000 hectáreas y por el precio de 95.000 pesos, al demandante don Modesto Rodriguez Freire.
3 Que el demandado, contestando el traslado á fuja 39, sostiene que la demanda debe ser rechazada, con costas: 1" porque el boleto simple de compra-venta de bienes inmuebles, no da derecho á pedir su cumplimiento, sinó la reduccion á escritura pública (artículo 1185 del Código Civil) ; 2° porque habiéndose subordinado la eficiencia del convenio, á la condicion expresa de que el Banco Hipotecario de !4 Provincia admitiese la trunsTferencia del gravámen á favor del comprador, lo que ha negado aquel establecimiento, es de toda evidencia que el boleto de venta ha caducado; y 3" porque el supuesto contrato entre don .
Modesto Rodriguez Freire y don Jacobo Rodriguez, es una simulacion ad hoc para fines ilícitos.
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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:306
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