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Fallos: 70:190 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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de 1893, y hanutorizado igualmente á la empresa para gestionar por su cuenta la expropiacion de esos terrenos, de acuerdo con la ley de expropiacion de 1866, Que entre los terrenos atravesados por el ramal del Ferrocarril existe uno de gran fondo que pertenece á los señores Alberto Ostendorp, Benadit, Adolfo Mantels y Casimiro de Bruyn, con quienes no ha sido posible ponerse de acuerdo privadamente sobre la venta, á pesar de las proposiciones ventajosas que les han sido hechas. Que la empresa del Ferrocarril les ha ofrecido el precio de tres pesos por metro cuadrado, que es el triple cuando menos de su valor, aun incluyendo el importe de les perjuicios que son ningunos, y ante la resistencia de sus propietarios viene 4 promover el correspondiente juicio de expropiacion del área á que se refiere el plano acompañado, manteniendo su eferta de tres pesos moneda nacional por metro cnadrado, y pidiendo se resuelva por el juzgado la referida expropiacion mediante el pago de 8883 pesos, incluidos los perjuicios, cuya suma ha sido consignada segun resulta del recibo acompañado y en virtud de lo cual se les debe acordar la inmediata posesion del terreno.

27 Convocadas las partes á juicio verbal, de acuerdo con lo dispuesto enel artículo 6° de la ley respectiva, se verificó la audiencia en los términos que expresa el acta de foja 27, procediendo las partes á la designacion de los peritos cuyos nombramientos recayeron en el ingeniero don Angel Silva y don Cúárlos Nordman por los expropiados.

3 Que el primero de dichos peritos se expidió á foja 30, manifestando no haber podido ponerse de acuerdo con el de la parte contraria en las distintas conferencias celebradas al efecto, por lo que se veía en la necesidad de presentar su dictámen por separado, 4e Que el terreno expropiado se halla situadoen el antiguo partido de San José de Flores, inmediato al Cementerio de la Chacarita, con uno de sus frentes, el más corto, sobree) camino

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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:190 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-70/pagina-190

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