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Fallos: 7:60 de la CSJN Argentina - Año: 1869

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Caso. — A consecuencia de un decreto espedido por el Go bierno de Mendoza con fecha 12 de Setiembre de 4888, se presentó ante el Juzgado Seccional de esa Provincia, Don Daniel Y. y Correas, pidiendo al Juez lo exhonerase del cumplimiento de dicho decreto.

Acompañó 4 su solicitud, varios documentos: un decreto del Gobierno de la Provincia nombrando los empleados amovibles, en los que se incluía al esponente como Fiscal Público; y cuatro notas: una del Ministro de Gobierno, traseribiendo al solicitante un decreto en que se le exhonera del cargo de Fiscal; la segunda, eópia de una dirijida por el mismo Correas al Ministro, manifestándole no emablar acusacion contra el Vicario Eclesiústico por no encontrar cansa; la tercera, del Ministro al Fiscal Correas haciéndole saber que el Vicario se encuentra preso por órden del Gobierno, por perturbar la teanquitidad política y por haber violado el inciso 10, del an. 19 de la Constitucion Provincial; y la enarta del Fiscal Correas al Ministro de Gobierno, desconociendo en el Podor Ejecutivo la facultad de destituirlo. sin juicio prévio.

Dice el solicitante, que por el art. 24, del tit, 19 del Reglamento de Administracion ¡e Jueticia de la Provincia, se dispone, que del 1° al 15 de Mayo de cala año, el Gobierno nombrará los empleados públicos; que el Gobierno lo ha destituido sin formacion de causa, por no haber encontrado motivo justificado para acusar al Vicario Eclesiástico, habiendo dicho Gobierno reiterado su destitucion euaudo reclamó de ella.

Que con estos antecedentes, ocurria al Juzgado, para que pando de la fscaltad que le dé el inciso 19 de art, 2" ee la ley sobre jurisdiecion y competencia de los Tribunales Naciomales, resolviese declarando que mo estaba obligado 4 eumplir el decreto en que se le destituia de su empleo de Fiscal de la Provincia.

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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:60 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-7/pagina-60

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