CAUSA LXIV.
Criminal, contra D. Dernurdo Segundo Cabot, por cooperación d la fuga de un preso, y evasión de la eircel. 
Sumario. — 1° La justicia para no ser eruel debe ser acompañada de la equidad, Repugna imponer pena á un jóven por haber, en casa de sus padres y verosimilmente por órden de estos, facilitado la fuga de un pariente suyo, cuando sc ha sobrescido en la causa contra los autores de la evasion, 3 La confesion del delito hecha con el fin evidente de sulvar ú sus padres presos, disminuye de su fuerza probatoria.
4 Ninguna ley autoriza, y la jurisprudencia reprueba co mo inmoral ¿ inhumano, el interrogar á los esposos, al uno contra el otro, á los padres contra sus hijos, y á los hijos comra sus padres y hermanos.
La apelacion no puede entenderse interpuesta con otro objeto que con él de que sea reparado cl gravimen inferido por la sentencia apelada. —° foro, — Non Marco Antonio Lloveras, preso en las cárreles de S, Juan por delito de rebelion, salió para su casa
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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:301 
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