Que úá cuenta de los honorarios solo recibió un libramiento de 4004Ms, que el mismo Gobierno ha negado pagar despues.
Que habiendo pasado al Gobierno su cuenta por honorarios, que estima cn cien mil pesos moneda corriente, y habiendo sido esta rechazada, entablaba formal demanda contra de mencionala Provincia, para que Mee Pmemila el page que estimase el Abogado regul que la Suprema Corte nombrara.
Acompañó á la demanda un folleto en que se consignan sus trabajos.
No habiendo el apoderado de la Provincia contestado la demanda, en rebeldía, la Suprema Corte puso la causa á prueha sobre los hechos siguientes:
1' Si el Gobierno de Santa Fé encargó al demandante escribiese la defensa que adjunta del Matrimonio Civil.
2 Si se estipuló honorario-por este trabajo.
3" Y en caso de esistir esta estipulacion, qué suma se fijó en ella. Prueba del Dr. D.- Delfin Huergo por el Gobierno de Santa Fé.
1° Un certificado espedido por el Oficial 4° del ministerio de Gobierno de la Provincia, diciendo que en el libro de Acuerdos á su cargo, se registran dos decretos cuya parte dispositiva es del tenor siguiente :
Santa Fé, Octubre 4° de 1808, Art. 19 Declárase atentatoria á la soberania Nacional y Provincial, y por consiguiente, subversiva del órden público ela protesta y declaración del Obispo del Paraná » de fecha 24 de Setiembre último.
Art. 2 Los ejemplares que de ese libelo infamatorio se enE contraren en parajes públicos, en cualquier punto de la Provincia, serán mandados recojer por las autoridades superiores de las respectivas localidades, Art. 3' Todo individuo que circulase ó hiciese circular ejem
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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:20
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