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Fallos: 7:14 de la CSJN Argentina - Año: 1869

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Dooley, de que la presente es una emergencia, ocurra donde corresponda.

Eguia.

Conti, Riva y C° apolaron, y concedido el recurso en relacion, se dictó el sigiente :

Valle de la Suprema Corto.

Buenos Aires, Euero 14 de 1959, Vistos; no habiéndose negado por los demandantes el hecho que sirve de fundamento al auto apelado de foja siete, se confirma este con costas; y satisfechas estas y repuestos los sellos, devuélvanse.

Fraxcsco DE Las CARRERAS, — SavaDor Manía DeL Cannir, —Fraxcisco Dezcano. — José Bannos Pazos, — Besiro Caúnasco.

————i

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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:14 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-7/pagina-14

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