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Fallos: 69:74 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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cion en la ejecucion seguida por el Banco Nacional contra el señor Ernesto Brandt.

En el mencionado juicio ejecutivo se dictá. sentencia de remate con fecha Octubre 7 de 1895, ordenando siguiera adelante la ejecucion, por no haber opuesto excepcion alguna el ejecutado señor Brandt.

En cumplimiento de esta sentencia, nombraron de comun acuerdo perito tasador de los bienes, en Febrero 6 de 1896, Practicada la tasacion, se aprobó en Abril 27 del mismo año, En Febrero 20 de 1897, pide el Banco se vendan en remate los bicnes embargados, y al efecto de nombrar rematador se convoca álas partes á una audiencia, Al ser notificado el ejecutado del auto para que concurran á la audiencia para nombrar rematador, presentó en Tebrero 7 del corriente año un escrito en que pedía se paralizara el juício hasta el cumplimiento de las proposiciones de arreglos hechos y aceptados. Al pie de ese escrito se decretó en la misma fecha dar vista ul actor, en cuanto hubiere lugar. En contestacion ul escrito antes referido, presentó el representante del Banco, en 1 de Marzo, el siguiente escrito : « Seror Juez Federal. — Alberto Junquet, por la representacion que ejerzo, en los autos ejecutivos que sigue el Banco Nacional en liquidacion contra don Ernesto Brandt, evacuando la vista que se me ha conferidó, como mejor proceda, ú Y. 5. expongo:

«€ 1 Que se ha de servir desechar las pretensiones del contrario, señalando nuevo día para la audiencia decretada, en virtud de las consideraciones siguientes.

< 2 Detenido el juicio ejecutivo por instrucciones de mis mandantes, he instado nuevamente su tramitacion, llenando, asimismo expresas instrucciones, < 3" Si la parte de Brandt ha iniciado gestiones de arreglo con el Banco, mí mandante, corresponde á clla recabar órden de suspension de este juicio, á fin de que esa órden me sea tras

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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:74 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-69/pagina-74

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