Nosotros pagamos el primer documento antes de conocer la verdadera posicion del señor Barraza; pero apenas tuvimos conocimiento de ella, comprendimos que nuestra obligacion á favor de Barraza procedía de una cansailícita y que por ello tenfamos el derecho y aun el deber de no pagarla y de poner el asunto en conocimiento de las autoridades competentes, segun el curso que tomare este negocio. Como lo hemos dicho antes, ya lo hemos denunciado al Ministerio de la Guerra y ahora interponemos la excepcion de falsedad é inhabilidad de título, á fin de que no se consume por la vía judicial el atentado que cometió Barraza.
Xx Pero hay más : algun tiempo despues del arreglo que hicimos con Barraza, llegó Rondanini y después con el cargamento de huano y después de él el capitan Enrique Rolland, que había estado en el Sud al mismo tiempo que Rondanini y que traía las tres actas de protesta.
De esas actas resulta que Rondanini no cargó huano en la isla de su pertenencia ni tampoco e» islas de propiedad del Gobierno, sinó «en la isla que se encuentra más al Este del grupo denominado Islas Blancas, que como consta por el expediente registrado bajo el número 124, pertenece á los señores Alberto Levy y Francisco Donnarrunima, y es denominada Blanca Chica», Resulta tambien que firma una de estas actas don Victoriano Dalla Rosa, como partícipe de Barraza en la expoliucion de que nos hizo víctimas, Esas actas y la figuracion en ella de Dalla Rosa ponen en su
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Año: 1897, CSJN Fallos: 69:111
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