ceptúa necesario relatar por no creer sea esa mencion conducente ú objeto alguno práctico ni necesario para la solucion del litigio; tendiendo sólo, por el contrario, ú hacer difusa v complicada esta resolucion, la demanda se contesta d foja 63 pidiendo su rechazo con especial condenación en costas, daños y perjuicios, aduciéndose lo siguiente :
Que la preten
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Año: 1897, CSJN Fallos: 68:51
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-68/pagina-51
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