"DE JUSTICIA NACIONAL 447 ! con propiedad de den Juan Roqué, por el sur con el río de esta 4 ejudad, por el poniente con terrenos pedidos al Estado á moderada composicion por don Félix de la Peña y camino viejo de Santa Catalina, por el norte hasta dar con la línea frente a!sud de los terrenos que los antecesores de don Vietcriano Almiron tuvieron por merced en legal forma, que hoy han recaido en don Francisco Roqué ».
Decimotereio : Que siendo esto así, como no puede negarlo don Antonio Rodriguez del Busto, desde que ello consta de documentos presentados por su parte en calidad de prueba, es tambien de toda evidencia que la línea con rumbo corregido AB que ha tirado el perito Buderean desde el lindero esquinero A sudoestedela propiedad de don Juan Roqué, situado á a orilla del rio Y que pasa por la bajada con frente á la calle del Pilar ó Maipú, pretendiendo deslindar con ella el costado naciente del terreno denunciado por Peña y reproducir la mensura de Villada, no es seguramente la linea sud-norte, rumbo correzido, que este último perito tiró, tomando por punto de partida la parte superior ú de la bajada que cue del camino del Negrito Muerto, por cuanto aquella línea suprime totalmente el terreno denunciado por el doctor Villada en toda la parte que éste lo da por colindante con el rio de la ciudad y por el ponient" y naciente con los terrenos de la denuncia de Peña y la propiedad de don Juan Roqué, incorporáudolos indebidament: á los denunciados por Peña.
Décimocuarto: Que esto conduce á demostrar con igual evidencia que Bodercau, para trazar la linea sud-norte al costado naciente del terreno denunciado por Peña, debió, procediendo de estricta contormidad con la mensura de Villada, arrancar al norte desde la parte superior de la bajada que queda frente ála calle Ancha, ó del General Paz, y que es la única que se encuentra primero hacia el poniente despues de la que existe frente á la calle del Pilar, segun lo expresa Bodercau en su diligen
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Año: 1897, CSJN Fallos: 68:447
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