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Fallos: 68:349 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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CAUSA CLXXI
D. Salvador Izaguirre, contra D, Pelegrín tihisla, sobrenulidad de venta y reivindicación Sumario, — 1° La ratificacion por el interesado, de un acto ejecutado por otro en su nombre y representación, equivale á la autorizacion prévia, y cubre la falta ó insuficiencia del mandato.

2 Dicha ratiticacion puede ser tácita, y se verifica cuando resulta de hechos que demuestran la intencion de la parte con= :

forme con el acto ejecutado en su nombre, 3' La ratiticacion tácita no está limitada por la ley á actos de una naturaleza determinada; comprende toda clase de actos. No está tampoco sujeta á formas, y no debe confundirse con la contirmacion de los actos nulos 6 anulables, Caso. — Resulta del Fallo del Juez Federal Paraná, Noviembre 5 de 1805, Vistos y resultando : Que con fecha 13 de Diciembr: de 1875, don Salvador Izaguirre confirió poder general á don Juvencio

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Año: 1897, CSJN Fallos: 68:349 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-68/pagina-349

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