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Fallos: 68:102 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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102 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Falle del Juez Federal La Plata, Octubre 25 de 1896.

Y vistos: Por lo que resulta del informe precedente, y teniéndose en consideracion que el juicio de que se ha desistido, es «una demanda ordinaria, en rewindicacion de unos terrenos », como se expresa en el escrito de foja 1, del expediente remitido por el juez de provincia, en el Departamento del Sud, accion distinta de la iniciada ante este tribunal, se declara que las costas causadas en aquel juicio son á cargo del actor que ha desistido, Repónganse los sellos.

M. S. de Aurrecoechea.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 8 de 1897.

Vistos y considerando : Que la intervencion de Biga en este juicio se concreta ú las actuaciones relativas á la competencia.

Que la resolucion decidiendo esa cuestion con fuerza de definitiva, no contiene condenacion en costas.

Que el desistimiento ulterior no puede modificar la materia ya juzgada, ampliando la decision con condenacion que no contiene, Por esto, se revoca el auto apelado de foja treinta y siete vuelta. Devuélvanse, debiendo reponerse los sellos ante el inferior,
BENJAMIN PAZ, — ABEL BAZAN,
— OCTAVIO BUNGE, — JUAN E.

TORRENT,

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68

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Año: 1897, CSJN Fallos: 68:102 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-68/pagina-102

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