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Fallos: 67:106 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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106 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE Buenos Aires, Noviembre 14 de 1696.

Y vistos: Por los fundamentos consignados en el acuerdo que precede, se confirma, con costas, la sentencia apelada de foja 28, y devuélvanse, Repónganse los sellos.

Miguel Esteves. — L. Lopez Cabanillas. — Niego Saavedra.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Diciembre 20 de 1896.

Suprema Corte :

La resolucion de la Excelentísima Cámara en lo Civil, recurrida á foja 45, se ajusta en sus fundamentos y conclusiones ú las prescripciones sobre competencia nacional de 1863, y ála jurisprudencia uniforme establecida al respecto en los fallos de V. E. Se ha de servir V. E, por ello, confirmarla por sus fundamentos.

Sabiniano Kier.

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Año: 1897, CSJN Fallos: 67:106 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-67/pagina-106

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