procesado el máximun de la pena señalada en el artículo 82, por ser tambien reo del delito especificado en los artículos 65 é inciso 6" del artículo 64 de la ley de 14 de Setiembre de 1863.
El defensor del acusado contesta: Que el excesivocelo del señor fiscal le ha desviado en el estudio de la causa, conduciéndole á dedueciones falsas, porque ha partido de supuestos no proba= dos. Que el mismo fiscal reconoce que Paz no era sinó encargado del proveedor Centeno, que cobró la cuenta de foja 25, porque éste presentó á la contaduría del ferrocarril una cuenta igual en la que autorizó ú Paz para recibir el importe. Que por las declaraciones de Torres y de Francisco Gonzalez, consta que Paz hacía poner la Jeña en la planchada, y el cambiador la entregaba á los foguistas y recibía el vale; es decir, que no tenívaquel participacion en la entrega ni en los vales. Que lostestigos Francisco Ferreira, Roque y Francisco Gonzalez dicen que Paz dormía alguna veces en la estacion Chileas, pero que la Avelaracion de Ferreira no tiene valor, tanto por ser enemigo de Paz, cuanto porque atirmando que estuvo en Chilcas, desde antes del Carnaval hasta el 20 de Abril de 1893, contesta sobre hechos sueedidos en el año 92, y otros posteriores al 20 de Abril del año 93; pues que los recibos número 22 y 23 corresponden al prrmeraño, y los números 17 y 18 al 24 y 27 de Abril cita do, Que Roque Gonzalez, como que recibía los vales, estaba interesado en alejar de sí toda sospecha de complicidad, haciéndola recaer sobre otro, y siendo además singular su declaracion, ni siquiera puede fundar una presuncion contra su defendido.
Que Torres vra el único responsable del hecho de haber presentado como recibida mayor cantidad de leña que la existente en planchada, para evitar el robo de ésta á la administracion y estando, por otra parte, á disposicion del gefe de la estacion los 200 metros de leña, debieran considerarse recibidos, y pues que al hacerlo no tuvieron intencion de defraudar ni de perjudicar al Fisco, ni adulterar la verdad, no puede imputárseles delito
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Año: 1896, CSJN Fallos: 65:428
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