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Fallos: 65:326 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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fundándose: 1° en el atraso del tren á la llegada y salida, sin embargo de haber estado hora y cuatro minutos; 2° por ocuparse en anotar en su libro, la correspondencia de la Rioja y demás puntos, habiendo bajado antes de terminar, para hacer uso de la letrina de la estacion, por no habérscle permitido hacer uso de las del tren, ni mucho menos en el furgon, por no tenerla; 3" en que, al estar enla letrina, sintió que el tren salía, tratando inmediatamente de correr para aleanzarle, sin tener tiempo ya para ello; 47 en que, en tales circunstancias, hizo señas á un empleado del mismo, llamado Marcial Ortiz, quien iba "n un coche de servicio con el señor administrador del ferrocarril y el jefe de trítico A. Roqué; 5" que, en vista de no haber parado el tren, despues de haber corrido, se vino á la estacion á hacer un telegrama al encargado de correos en Patquia, no habiéndolo hecho al jefe de 6? distrito, por no habérsele per= mitido la entrada á la oficina. Agrega Fleitas, que á la vuelta del tren al día siguiente al Chamical, recibió de Francisco Ol medo, la correspondencia de retorno, y habiéndole preguntado si la que fué depositada en el furgon se recibió conforme y st:

buen estado, le había contestado que sí; lo que le extrañaba que despues de seguir viaje en el trayecto de las estaciones de « Paso Viejos y « Villa Soto», encontró una cantidad de 340 pesos, sin saber de dónde y como resultaba estar depositada en uno de los casilleros del furgon, junto con unos sobres ó valijas de tránsito y unas cuantas estampillas, cuya suma le fué entregada al llegar á Dean Funes, al comisario de pulicía.

11 Que las declaraciones de testigos del sumario administrativo, corrientes hasta foja 51, que son: Francisco Olmedo, Franeisco Lavé, Ramon Flores, Juan Aguirre, Francisco Fernandez, Ruperto Martinez y Ramon Gimenez, han sido ratificadas desde foja 69 á foja 79, la del testigo Francisco Lujan fojas 82 vuelta á 83, la del encargado por el administrador de correos de Córdoba, para la instruecion del sumario administra

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Año: 1896, CSJN Fallos: 65:326 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-65/pagina-326

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