e DE JUSTICIA NACIONAL 323 1 Que el día 21 de Abril, en la noche, del año pasado 1895, llegó el furgon 6 coche del tren que conducía la correspondencia, solo y cerrado con candado y llave, sin el estafetero de la misma, don Basilio Fleitas, á la estacion Patquia (declaracion del encargado de la estafeta de Patquia, don Francisco Fernandez, contestando ú las preguntas 1" á 5" del interrogatorio de fojas 2 425 y telegrama de foja 22; de Ruperto Martinez, contestando á la primera pregunta del interrogatorio foja 31; de Francisco Olmedo, contestando úla primera pregunta de foja 9 y vuelta).
2" Que el procedimiento observado para la apertura del furgon ha sido valerse de una Jima que el encargado de la estafeta, señor Fernandez, pidió ála máquina del tren, con la cual y prévia autorizacion del administrador, don Emilio Lombardo, limó y rompió las argollas del candado (declaracion de Fernandez contestando á la 4° pregunta del interrogatorio de fojas 21 á 25; de Francisco Olmedo, contestando á las preguntas 1" y 2° del interrogaterio de foja 9 y vuelta; de Ruperto Martinez, contestando á la 1° pregunta del interrogatorio de foja M y vuelta, del engrasador del tren Juan Aguirre, fojas 12 vuelta á 13 al fin).
3" Que despues de la apertura del furgon, las formalidades observadas para sacar la correspondencia han sido: que mientras que el administrador de la estafeta señor Fernandez, pasaba la correspondencia del interior, al conductor de la mensajería, Joaquin Mercado, y éste á su vez al peon de la misma, Andres Mercado, Martinez tomaba noti de la correspondencia declaracion de Fernandez, contestando á la 5" pregunta del interrogatorio citado; declaracion de Francisco Olmedo, contestando la 2° pregunta del interrogatorio de foja 9 y vuelta; de Ruperto Martinez, contestando á la 2" y 3 pregunta del interrogatorio de foja 3 y vuelta, y de Joaquin Mercado de fojas 324 á 33, contestando á la 4° pregunta del interrogatorio.
Compartir
66Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1896, CSJN Fallos: 65:323
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-65/pagina-323¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 65 en el número: 323 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
