u 6 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE E Segundo : Que, por consiguiente, la accion no procede por tí| tulo propio del opositor, de conformidad al artículo trescientos de la Ley de Procedimientos, Tercero : Que tampoco procede la misma accion deducida 4 nombre de aquel á quien el opositor atribuye la propiedad, porque no ha presentado el poder que lo habilite para ello, como lo exige el artículo cinco de la citada ley .
Por estos fundamentos, no se hace lugar, con costas, á la tercería deducida ú foja siete. Hágase saber y repuestos los sellos, archívese.
BENJAMIN PAZ. — ABEL HAZAN.
— JUAN E. TORRENT.
CAUSA XC
Don Juan R. Biga con la sociedad « La Curumalan», demandado por desalojo ante el Juez de Paz de Saavedra ; sobre competencia, por inhibitoria Sumario.— Opuesta la excepcion de incompetencia por declinatoria ante el juez de la demanda, no puede promoverse la misma excepcion por vía de inhibitoria ante el juez á quien se reputa competente.
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Año: 1896, CSJN Fallos: 64:46
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