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Fallos: 64:406 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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Posteriormente se dictó ctro auto, con intimacion de pago dentro de tercero día. Uno de los fiadores apeló de este último nuto, siéndole negado el recurso, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 25 de 1895.

Autos y vistos: Refirióndose el recurso de hecic promovido por don Nicéforo Coletti, al auto de foja ciento cincuenta y tres, que es una consecuencia del de foja ciento cuarenta y nueve, que se halla consentido por aquel, se declara bien denegado el recurso. Agréguense estas actuaciones á la causa de su referencia y devuélvanse al juzgado de su procedencia, ante el cual se repondrán los sellos.


LUIS V. VARELA. — OCTAVIO BUN-

GE. — JUAN E. TORRENT.
CAUSA CLAIV
Habeas corpus en favor del teniente de fragata don Leopoldo tard Sumario. — 1 El Juez federal es competente para conocer en un recurso úe habeas corpus que no se refiere á los casos ex

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Año: 1896, CSJN Fallos: 64:406 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-64/pagina-406

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