DE JUSTICIA NACIONAL 319 1 en sí era necesaria en virtud de la ley de expropiacion á que se | refiere y de conformidad con el inciso primero, artículo mil tres- E cientos veinticuatro y artículo cuatrocientos treinta y nueve ' del Código Civil.
Que habiéndose autorizado la venta privada, en cuanto se trata de una venta forzosa, no puede decirse que aquella autorizacion estú subsistente, porque desapareciendo la causa, debe desaparecer el efecto.
Que hay tanta mayor razon para entenderlo asf, cuanto que —.
la propiedad de los menores Peralta quedaría fraccionada, y cuando los bienes inmuebles de los menores sólo son enajenables, en venta voluntaria, mediante autorizacion del juez fundada en motivos legales (artículo cuatrocientos treinta y nueve, Código Civil).
Por estos fundamentos, y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo diez y nueve de la ley nacional de expropiacion y treinta y dos la ley provincial, se revoca la sentencia apelada de foja ciento tres, absolviéndose, en consecuencia, á la Empresa del Ferrocarril del Sud, de la demanda de foja nueve.
Repuestos los sellos, devuélvanse, :
BENJAMIN PAZ.— LUIS V. VARELA.
— ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUN
GE. — JUAN E. TORRENT,
Compartir
55Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1896, CSJN Fallos: 64:319
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-64/pagina-319
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 64 en el número: 319 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos