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Fallos: 63:251 de la CSJN Argentina - Año: 1896

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tanciara el punto relativo á la competencia, en la forma indicada por el señor Procurador General, diciendo que había ocurrido á la Justicia Federal, porque los Tribunales de la provincia habían declarado que la causa correspondía á ese fuero.

Fallo del Juez Federal La Plata, Setiembre 30 de 1895.

Estando resuelto el punto 4 que se refiere, en el auto de foja 64, estése á lo allí mandado. Repóngase la foja.

Aurrecoechea.

Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 25 de 18596, Vistos: Por sus fundamentos, se confirma con costas, el auto apelado de foja ochenta y nueve. Repuestos los sellos, devuélvanse,
LUIS V. VARELA. — ABEL BAZAN,
— OCTAVIO BUNGE. — JUAN E.

TORRENT.

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Año: 1896, CSJN Fallos: 63:251 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-63/pagina-251

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