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Fallos: 62:447 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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pana, Ferrocarril Buenos Aires y Rosario y Ferrocarril Central Argentino, convirtiéndose por esta transformacion y por la federalizacion de la Capital en ferrocarriles nacionales de tráfico inter-provincial, han quedado sujetos por lo tanto á las disposiciones de la ley general de ferrocarriles de 24 de Noviembre de 1891 (que en lo referente ú los gravimenes de las empresas concuerda con lo que al respecto disponía la ley de 1872). Esta ley ha prescripto á las empresas obligaciones ó gravámenes particulares de acuerdo con las exigencias de la comunicacion ferroviaria y así aquellas tienen que soportar empalmes y cruzamientos, uso comun de estaciones, trálicos de coches y wagones de una línea por otra y combinaciones de trenes para el trunsporte de pasajeros y mercaderías (artículos 16, 22, 23, 24 y 25 de la ley vigente, concordantes con los artículos 56, 57, 62 y 63 de la ley de 1872).

El derecho por parte del Ferrocarril del Rosario para el acceso á las vías principales de uso comun surge, pues, del decreto citado de 1875, fué reglado en su ejercicio por el convenio de 1877, está asegurado por el dererho comun y expresamente reconocido pur la ley general de ferrocarriles. El Ferrocarril Central Argentino no ha podido en consecuencia privar al Ferrocarril al Rosario, por ueto propio, de ese acceso por el lado Sud :

xi este derecho le fuere reconocido tendría tambien el de privarlo del acceso por el lado Norte y en tal caso el ferrocarril demandante se vería imposibilitado en absoluto de hscer uso de las vías principales, que son comunes.

La prueba producida por la empresa demandada á objeto de establecer que el terreno en que se han efectuado las obras es de su propiedad y ha estado en su posesion, resuita inoficiosa, una vez que está demostrado que las vías y empalmes interrumpidos eran usados por la empresa demandante. Esa interrupcion causada por la obra nueva emprendida por el demandado, raba al demandante en el ejercicio de la servidumbre de trán

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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:447 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-62/pagina-447

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