Banco, firmas de personas abonadas por otros de notoria in- :
solvencia, como por ejemplo la de los señores Wenceslao Te- 4 jerino, Bernardo Lacasse, Mariano Argúello, Luis Ponce :
testamentaría) y Segundo Diaz de Bedoya, por la del señor Ernesto Brandt, recargando la deuda de éste, que alcanzaba á la fecha de la denuncia 4 23.342 pesos seis centavos nacionales, siendo el valor de las cantidades sustituidas el de 115.289 pesos trece centavos, y otros, habiendo tenido lugar estas transferencias tres meses ante de que el Banco entrara en liquidacion.
7° Haber tenido interés personal en las negociaciones de letras que el Banco efectuaba con don Ernesto Brandt, del Rusario, pues que el importe de dos giros por 12 y 9000 pesos, aparece abonado en la caja de ahorros en la cuenta del señor Be- :
ceyro. Estos 9000 pesos fueron concedidos estando ya en liqui- q dacion el Banco. | 8" Haber sacado de la casa hipotecada al Banco por el señor Manuel S. Tissera útiles y artefactos de gas, bañaderas, etc., :
que ha colocado en una casa de su propiedad, circunstancia porque se hacía imposible su devolucion.
Instruido el correspondiente sumario, se comprueba por la declaracion del procesado y demás piezas del sumario:
1" Que el procesado ha dispuesto de la suma de 1000 pesos A para su traslacion de Mendoza á Rio Cuarto, sin autorizacion del Directorio, como asimismo que era de prácticaque el Banco costeara los gastos de traslacion de los empleados de un punto á otro en comision 6 servicio de él.
2 Que son exactos los hechos acusados que se indican con y los números 3, 3, 4 y 5; pero no el que hayan causado perjuicio al establecimiento.
3" Que es asimismo exacto que se entregara al ex-Tesorero de la Sucursal del Rio Cuarto los 200 pesos á que se refiere el cargo señalado con el número 5, suma que fué devuelta por el T. uu 2
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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:305
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