DE JUSTICIA NACIONAL 303 ue Fallo de la Suprema Corte E Buenos Aires, Diciembre 7 de 1895. a Vistos : De conformidad con lo expuesto y pedido por e' señor L Procurador General y por sus fundamentos se confirma, con cos- E tas, la sentencia apelada de foja veintisiete vuelta. :
Repuestos los sellos, devuélvanse. E
LUIS Y. VARELA. — ABEL BAZAN.— E
OCTAVIO BUNGE. — JUAN E. TO- a
RRENT. E
1 CAUSA COCXLIE i E | 3 Criminal contra don Alberto Beceyro, sobre defraudacion y ¿a mulversacion de fondos del Banco Nacional. a i | Sumario. — 1° No siendo empleados públicos los del Banco E Nacional, noles son aplicables las disposiciones penales de la 1 ley nacional, que conciernen á aquellos, 4 2 Las sentencias no pueden ser reformadas sinó respecto de 3 los puntos apelados. a | A
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Año: 1895, CSJN Fallos: 62:303
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-62/pagina-303
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