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Fallos: 61:419 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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DE JUSTICIA NACIONAL 419
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Setiembre 18 de 1895.

Suprema Corte :

Se habían manifestado barrenas de taladro, que tiene un derecho menor, y no barrenas de rosca ó espiral, que tic.en un derecho mayor, segun la partida número 722 de la tarifa á que corresponden.

Este error habría pasado desapercibido, sin la revisación oportuna del guarda, que reveló el parte de foja 1".

Siendo explícita al respecto la prescripcion de los artículos 930 y 1025 de las Ordenanzas, en que se apoya la resolucion administrativo y la recurrida que corre ú foja 16, pido á V. E.

su confirmacion.

Sabiniano Kier.

Fatlo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 8 de 1895.

Vistos: De conformidad con lu expuesto y pedido por el señor Procurador General y por sus fundamentos se confirma, con costas, la sentencia apelada de foja diez y seis. Repuestos los sellos, devuélranse, BENJAMIN PAZ. — LUIS Y. VARELA, —— ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE. —
JUAN E. TORRENT.

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Año: 1895, CSJN Fallos: 61:419 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-61/pagina-419

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