el demandado Morossino subarrendó á José Tabela y C', un terreno que el citado Morossino ocupaba en calidad de locatario originario de don Francisco Podestá, Segundo: Que el sublocador, en juicio promovido ante el Juez Co de Paz de San Martin, pidió contra José Tabela y C" el desalojode la cosa arrendada y que ella le fué restituida, lo que obtuvo como resultado de ese juicio, q Tercero: Que segun lo expresa Pascual Tabela, testigo preÉ sentado pur el acta, en su declaracion de foja veinte y seis, lasociedad Tubela y Compañía era compuesta del dec.arante y 17 de don José Tabela en la época del contrato entre la sociedad y Morossino.
e Cuarto: Que el mismo Pascual Tabela, afirmando que en omilochocientos noventa y uno se disolvió la sociedad, declara que primero esa sociedad y, desde su disolucion, él solamente, ocuparon la cosa de la cuestion por razon del contrato referido O eelebrado con Morossino, a Quinto: Que tanto el citado Pascual Tabela, como don Santiago Podestá (foja treinta y una) testigo tambien del actor, esO tablecen que aquel transfirió á éste la posesion del inmueble, Y Sexto: Que esas declaraciones que no han sido observadas E por el demandante y que se hallan corrobaradas por el mérito UC eombinado de las constancias de autos, mediante la prueba proO ducida por el demandado y aun de las declaraciones de otros delos testigos presentados por el actor, demuestran no sólo que a ocupacion del terreno hasta don Santiago Podestá y su coe participe ó socio don Nicolás Scasso, procedía de las trasmisio nes sucesivas de Morossino á José Tabela y Compañía, de este CA Pascual Tabela, uno de los sócios, y del último á don Santiago Podestá y don Nicolás Scasso, sinó tambien, que esos actos se referían al inmueble que hace la materia del presente juicio.
3 Séptimo: Que Morossino jamás poseyó la cosa á nombre pro
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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:458
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