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Fallos: 60:205 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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La parte de los demandados, pre: entó, entre su prueba, escrito pidiendo que se librara oficio al Juez de Paz de San Genaro, " para que citara é la audiencia que designase, é Don Antonio Magra, Don Bautista Magra, Don Arturo Beltramoni, Don Rosendo Sosa, Don Serafín Chiolvado, Don Miguel Freyre y Don Alejandro Mansilla, allí residentes, á fin de que vontestaran al interrogatorio que presentará en el acto.

El Juez proveyó de conformidad. Respecto del testigo Anto- ! nio Beltramoni, es de notarse que con anterioridad, la misma parte lo había presentado como testigo, expresando que era :

agricultor.

Despes de esto, se presento la citada parte de Anderson exponiendo: que le convenía que los testigos que últimamente había presentado, declararan ante el Juez de la causa, y pedía que para ello señalara audiencia, debiendo citarlos por medio de oficio al Juez de Paz de San Genaro, El Juez proveyó de confirmidad, por auto defecha 7 de Febrero de 1894.

En 27 de Marzo, el apoderado de los demandados presentó escrito exponiendo : que el término de prueba empezó á correr el 21 de Noviembre de 1893, y venció el 27 de Diciembre del A mismo; que los demandados no han cumplido con lo preceptuado en el artículo 120 de la ley de Procedimientos, en lo que se refiere á los testigos ofrecidos (escrito de foja 32), con excepcion de Antonio Beltramoni; que atento lo expuesto, y S lo resuelto por la Suprema Corte en otros casos (VII, 295; XI1,76; XX,133), se oponía al exámen de los referidos testigos, y pedía se procediera conforme al estudo de la causa, con costas si la parte contraria se opusiese. ú El Juez mandó que informara el actuario; y en este estado la L parte demandada presentó escrito exponiendo: que su prueba :

la había pedido en término, y era referente á los mismos tes- ; tigos del demandante, á fin de que fueran repreguntados, en

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Año: 1895, CSJN Fallos: 60:205 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-60/pagina-205

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